Colombia Compra Eficiente expidió la Circular Externa No. 1 el 21 de Junio de 2013, en donde recordó a todas las entidades del Estado su obligación de publicar de forma oportuna su actividad contractual en el Sistema Electrónico de Contratación Pública –SECOP–, independientemente del régimen jurídico aplicable, su naturaleza jurídica, o la pertenencia a una u otra rama del poder público. Lo anterior, teniendo en cuenta que el literal c) del artículo 3 de la ley 1150 de 2011 establece que el SECOP “contará con la información oficial de la contratación realizada con dineros públicos”.
Por tal motivo, las Entidades que no se encuentran sometidas al régimen de contratación estatal pero que contratan utilizando dineros públicos, deben publicar todos los contratos, las adiciones, prórrogas, modificaciones o suspensiones, cesiones y todos los demás documentos relacionados con la actividad contractual, siempre y cuando utilice dineros públicos.